Mónica González, Responsable de Dominios en 1&1 y Servidores en 1and1
El período de validez del registro de tu dominio ha expirado, y por cualquier motivo se te ha pasado renovarlo… Te entran sudores fríos pensando que lo vas a perder. Tranquilo, aún tienes una oportunidad de salvarlo.
Para ello dispones del llamado llamada período de redención o de gracia, que consiste en 30 días (en algunos casos hasta 90 días) en los que el titular sigue teniendo la opción de renovar el dominio, aún después de caducar el registro, pagando una tasa.
Se trata de una medida de seguridad para evitar que los registros a punto de expirar acaben en manos de “cazadores de dominios”, que pueden estar atentos al fin del registro para comprarlos y luego intentar revenderlos a sus dueños a mayor precio.
Aunque el dominio siga disponible para el dueño, todos los dominios que entran en el periodo de redención son borrados de los archivos de las DNS globales. Por eso, cualquier sitio, cuenta de correo o servicio asociado a ese dominio deja de funcionar y aparece en estado "Desactivado” u “Offline".
Esta medida se toma especialmente para avisar al titular de que el dominio ha expirado y de que todavía cuenta con el periodo de redención para reactivarlo.
El periodo de redención lo implantó el ICANN en 2002, y se aplica a todos los dominios de primer nivel (biz, .com, .info, .net, .org, etc.) Puedes encontrar más información en la web de ICANN.
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