Una premisa básica para ganarse la confianza del futuro comprador y para que, en definitiva, éste acabe por realizar los pedidos en la tienda online es que el establecimiento que comercializa sus productos a través de Internet se identifique correctamente. El comprador debería conocer en todo momento que está contratando con una empresa legalmente constituida conforme a la normativa vigente del país en el que se encuentra y disponer de información suficiente sobre la misma en Internet.
Enlace a "Quiénes somos"
En la actualidad, la mayoría de los B2C españoles se identifican mediante un enlace ("Quiénes somos"}, en el que suelen proporcionar información muy básica: domicilio social, dirección de correo electrónico, teléfono. No obstante, algunas de ellas ni siquiera aportan estos datos. De hecho, considerando estos tres únicos datos como el mínimo imprescindible para una correcta identificación, un 15% de las 20 tiendas analizadas por Baquía Inteligencia (escogidas entre los principales B2C españoles) no superaban esta prueba.
La versión online de Futboltotal no contiene ningún enlace que sirva para la identificación de esta tienda
En su presentación, la tienda Fiera.com no aporta informacióni teléfono. Simplemente ofrece una definición general de la tienda
En su presentación, la tienda Fiera.com no aporta informacióni teléfono. Simplemente ofrece una definición general de la tienda
Anteproyecto de Ley de Comercio Electrónico
De cara a los próximos meses, las tiendas online españolas van a tener que mejorar sustancialmente la calidad y cantidad de información que ofrecen en su sitio web. En parte, porque los propios consumidores se lo van a demandar y, también, por las exigencias de la normativa legal.
Así, según la última versión del Anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, del 18/01/2001, el prestador de servicios de la información "estará obligado a disponer de los medios que permitan, tanto a los destinatarios del servicio como a los órganos administrativos o judiciales competentes, acceder de forma permanente, fácil, directa y gratuita" a la información que se detalla a continuación. El legislador considera que se dará cumplida la obligación si se recoge dicha información en la propia página web.
- Nombre o denominación social; domicilio social o la dirección de uno de sus establecimientos permanentes en España; dirección de correo electrónico; y cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva.
- Los datos de inscripción en el Registro Mercantil u otro Registro Público similar en los que debiera inscribirse.
- En caso de que su actividad estuviese sujeta a régimen de autorización administrativa previa, los datos relativos a dicha autorización y los identificativos de la autoridad competente encargada de su supervisión.
- Si ejerce una profesión regulada deberá indicar:
- Los datos del colegio profesional o institución a la que pertenezca
- El título académico oficial o profesional con el que cuente
- El estado de la UE en el que se expidió dicho título y, en su caso, la correspondiente homologación o convalidación
- La referencia a las normas profesionales aplicables al ejercicio de su profesión y los medios a través de los cuales se puedan conocer, incluidos los electrónicos
- El Número de Identidad Fiscal en caso de que ejerza una actividad gravada por el IVA
- Información clara y exacta sobre el precio del producto o servicio, los impuestos aplicables y, en su caso, los gastos de envío
- Los códigos de conducta a los que, en su caso, esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente
Las fuentes consultadas para la elaboración de este informe aparecen mencionadas como "Otras fuentes"
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