Una victoria para siete millones de usuarios

La sentencia de la juez Paz Aldecoa puede considerarse una victoria para el 70% de los internautas españoles, aproximadamente el porcentaje que usa las redes P2P de intercambio de archivos. No es delito bajar y compartir canciones de Internet si no hay animo de lucro de por medio. Así de claro. Es una percepción que ya tenían los usuarios (“¿qué mal hago por bajarme una canción para escucharla en mi reproductor?”), y que cada vez asumen más los propios artistas: grupos como Llamalopop.com, conscientes de que Internet es un canal idóneo para difundir sus creaciones, y no un refugio anónimo para perversos violadores de derechos de autor. Precedentes como este abren el camino hacia un cambio tan necesario como inevitable en la industria del entretenimiento.

La sentencia se refiere a la práctica de intercambiar archivos a través de Internet como un “comportamientos socialmente admitidos”, y concluye que sería muy peligroso criminalizarla. Por eso, también deberían tomar nota los legisladores, que además del actual canon digital amenazan con gravar con más impuestos cualquier soporte susceptible de transmitir o almacenar dichos archivos. Y es que al consumidor / votante le duele cuando le tocan el bolsillo.


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