Un juzgado de Segovia ha decidido anular a un cliente la subida de 5 euros que Movistar realizó a todos sus abonados. El cliente presentó una denuncia ante tal hecho, ya que cuando contrató la tarifa, Telefónica la publicitaba “para siempre”. La sentencia ha sido favorable, por lo que la teleoperadora deberá devolver el importe correspondiente desde el pasado mes de mayo, cuando se hizo efectiva la subida del abono de Movistar Fusión.
El juez que ha llevado el caso ha estimado que Movistar “ha incumplido el contrato al subir de forma unilateral e injustificada el precio”. Pero también ha afirmado que “no es posible una condena de futuro respecto a abonos posteriores a la fecha de la sentencia”. Aunque la operadora tendrá que facturar al denunciante sin incremento.
Como Movistar no se presentó al juicio, el juez escribe en la sentencia que no ha podido saber si la subida unilateral se basó en una cláusula del contrato (que tampoco fue presentado en el proceso), pero como la empresa “publicitó el producto Fusión bajo un precio ‘para siempre’, es decir inmodificable, la subida debe estar justificada”.
Además, dicha justificación debe estar “basada en motivos válidos especificados en el contrato, porque en otro caso no sería posible proteger los derechos de los consumidores ni apreciar si concurre el necesario equilibrio de las prestaciones”.
Por lo tanto, la sentencia dicta que el demandante tiene derecho “a recibir una información precontratual fidedigna en la oferta de productos y servicios, y el de protección de sus derechos económicos y sociales, en particular frente a prácticas comerciales desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos”.
La organización de consumidores Facua, por otro lado, continúa con la denuncia colectiva a Movistar por este mismo motivo. La sentencia del juzgado de Segovia ha sido bien recibida por parte de la organización, y esperan que muchos más clientes de la operadora española se unan a la misma.
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