La Justicia Europea ha confirmado la esperada decisión de anular el conocido canon digital, la compensación a los creadores para supuestamente reparar los perjuicios que sufren por la copia privada que los usuarios pueden obtener. El importe salía de los presupuestos del estado.
El fallo del tribunal europeo explica que el sistema diseñado por el Gobierno español que “asegura que el coste de la compensación equitativo sea soportado, en último término, por los usuarios de copias privadas”es contrario a la normativa europea.
Esta regulación casualmente sustituyó en su momento a la anterior que también fue rechazada por la corte de Luxemburgo. El Tribuna de Justicia de la Unión Europea explica: “La Directiva no se opone a que los Estados miembros que han decidido introducir la excepción de copia privada opten financiarla con cargo a sus Presupuestos Generales”. Sin embargo, alerta que debe de existir una condición a cumplir: “Que ese sistema alternativo garantice el pago de una compensación equitativa a favor de los titulares de los derechos, por un lado, y que sus modalidades garanticen su percepción efectiva, por otro“.
La decisión final no ha pillado por sorpresa. El pasado mes de enero, uno de los abogados generales del Tribunal ya avisó que el canon digital es contrario a la directiva comunitaria sobre la propiedad intelectual. El jurista europeo entiende que la norma no se opone a dicha compensación, pero según sus palabras sí contraviene la normativa comunitaria fijar el importe de la compensación dentro de los límites presupuestarios establecidos a priori para cada ejercicio.
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